SINDICATO DE TRABAJADORES MUNICIPALES DE OLAVARRÍA

CAPACITACIÓN LABORAL EN LA CGT REGIONAL OLAVARRÍA

“A pesar de haber sido creados por ley, la realidad marca que en muchísimos casos no se cumple y por eso es necesario seguir trabajando fuerte para lograr su real implementación”.

Ezequiel Collado es uno de los líderes de la CGT Regional Olavarría y en diálogo con Info Noticias Olavarría realizó un positivo balance de la importante jornada de capacitación que se llevó a cabo en la tarde del martes en las instalaciones de la entidad.

Todo giró en torno a los Comités Mixtos de Salud, Higiene y Seguridad en el Empleo, creados por ley en el ámbito de toda la provincia de Buenos Aires.

La capacitación estuvo a cargo del Ministerio de Trabajo del gobierno bonaerense y contó con una importante participación de dirigentes y trabajadores.

Para Collado, quien también conduce el Sindicato Obrero de la Industria del Vidrio y Afines, el tema es de suma importancia. “No es un formalismo ni cumplir por cumplir. Los Comités Mixtos, bien aplicados y funcionando como corresponde, traen muchísimos beneficios tanto para los trabajadores como para las propias empresas que los aplican. Mejora la seguridad, mejoran los controles, mejora la eficiencia y se evitan muchísimos accidentes y complicaciones totalmente innecesarias”.

En la jornada de capacitación se brindaron detalles relacionados con la implementación del Comité Mixto, sus características, la manera correcta de conformarlo, cómo se eligen los representantes de cada una de las partes y otros puntos de interés.

“Esto es una ley, pero se está viendo que muchas empresas no lo cumplen y la intención es que todos los que deben aplicarlo lo hagan. Uno de los puntos centrales es generar conciencia de que los Comités Mixtos son para el bien de todos. En muchos lugares que están funcionando ha quedado demostrado que es muy positivo para todas las partes”, remarcó.

Las funciones

En el texto de la ley están claramente definidos los objetivos de cada Comité Mixto:

Preservar la vida y la salud integral de los trabajadores en el medio ambiente laboral.

Controlar el cumplimiento de la normativa vigente, acuerdos y convenios colectivos y condenas judiciales en materia de salud, higiene y seguridad en el trabajo y reparación de la integridad psicofísica del trabajador.

Formular recomendaciones para mejorar la aplicación de la normativa vigente.

Participar de la formulación y del control de la ejecución de planes, programas y proyectos especiales de salud, higiene y seguridad en el trabajo.

Fomentar un clima de cooperación entre trabajadores y empleadores a fin de promover la salud; prevenir los riesgos laborales, reducir y evitar la siniestralidad, velar por alcanzar mejores condiciones y medio ambiente de trabajo y mejores prestaciones reparadoras por infortunios laborales.

Poner en conocimiento de las autoridades competentes los hechos que considere irregulares, a fin de que sean corregidos y sancionados.

Perseguir el cumplimiento de las condenas y sanciones que correspondan por incumplimiento del empleador y/o de la aseguradora de riesgos del trabajo.

Ámbito de aplicación

Están obligatoriamente incluidos en dichos Comités:

a) Las empresas radicadas en el territorio de la Provincia de Buenos Aires, en su carácter de empleadores, de cincuenta (50) o más trabajadores, salvo que en función del tamaño de la empresa o el tipo de actividad se establezca otro criterio por vía reglamentaria.

b) Los trabajadores que se desempeñen en la Provincia de Buenos Aires en relación de dependencia del sector privado cualquiera sea la modalidad de prestación de servicios y/o el tipo de negociación colectiva, por la que se encuentren alcanzados.

c) Cuando el establecimiento empresario emplee entre diez (10) y cuarenta y nueve (49) trabajadores, se elegirá un Delegado trabajador de Salud, Higiene y Seguridad en el Empleo que tendrá idénticas funciones y atribuciones que el Comité, salvo que en función del tamaño de la empresa o el tipo de actividad se establezca otro criterio por vía reglamentaria.